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Forestal Ortiental pasible de multa por haber derivado sustancias contaminantes hacia arroyo Santana en Guichón

La resolución del Ministerio de Ambiente, con fecha 14 de octube, intima a Forestal Oriental a cesar de forma inmediata y definitiva el uso de agriquímicos que no cuenten con el registro habilitante ante el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, esto habida cuenta que los informes de los monitoreos realizados por dicha cartera en noviembre de 2021 y enero de el presente año, detectaron principios activos utilizados como plaguicidas, y solo 2 de los productos utilizados en el vivero se encuentran registrados pars su uso en esta actividad.
Asimismo se dispone que la empresa deberá incorporar en el programa de monitoreo comprometido, la totalidad de los principios activos que sean utilizados en el vivero con funciones de plaguicidas , realizando los monitoreos con una frecuencia acorde a la aplicacion de los mismos.

A tales efectos se le intima a presentar en el plazo de un mes, la aprobación de la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental, de la reformulación del programa de monitoreo referido incorporando tales sustancias, debiendo de igual modo informar a dicha dirección de forma anual el listado total de plaguicidas utilizados , dosis, y cantidades aplicadas así como balances hídricos para asegurar que la totalidad de las aguas derivadas de la actividad sean canalizadas e incorporadas como agua de riego nuevamente.
El ministerio advierte que el incumplimiento de lo dispuesto determinará la aplicación de las sanciones correspondientes, encontrándose pasible de ser sancionada con multa de hasta 700 Unidades reajustables, por haber derivado desde el vivero de su propiedad, sustancias contaminantes hacia la cañada y arroyo Santana, en contravención de lo previsto en el articulo 144 del Código de Aguas.

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