Ituzaingó 1169 | Tel.: (+598) 4722 4041

728 x 90 / Cabezal
728 x 90 / Cabezal
120 x 600 / Vertical
120 x 600 / Vertical

Seis años de prisión efectiva para el autor del delito de violación de la joven de 17 años de Piedras Coloradas

Luego de cumplida la audiencia vía zoom desde la hora 16:00 de hoy martes, la sede judicial de octavo turno de Paysandú admitió la solicitud de formalización planteada por la fiscalía con respecto al autor del delito de violación, hecho ocurrido en Piedras Coloradas el pasado fin de semana. La víctima es una joven de 17 años; su madre había realizado la denuncia en la seccional correspondiente y luego comenzó a actuar la fiscalía.
Hoy se cumplió una audiencia de juicio abreviado en la que se condenó al imputado a una pena de penitenciaría de 6 años de cumpliento efectivo por la autoria de un delito de Violacion agravado por ser la victima menor de 18 años, en concurrencia formal con un delito de abuso sexual especialmente agravado, en reiteración real con un delito de privación de libertad.

Se dispusieron además las sanciones y prohibiciones previstas en los artículos 79 y 80 de la Ley de Violencia de Género, y se dispone la inscripción del condenado en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales, creado en el artículo 104 de la Ley 19.889 (Ley de Urgente Consideración).

El artículo 79 de la Ley de Violencia de Género determina que las personas condenadas “quedan suspendidas en el ejercicio de la patria potestad o guarda e inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, por un plazo de diez años si recayera sentencia de condena o hasta su sobreseimiento o absolución”.

El artículo 80 indica que “en la sentencia de condena, además de la pena, se dispondrá una reparación patrimonial para la víctima por un monto equivalente a doce ingresos mensuales del condenado, o en su defecto doce salarios mínimos, sin perjuicio de su derecho a seguir la vía procesal correspondiente para obtener la reparación integral del daño”.

728 x 90 / Cabezal
728 x 90 / Cabezal

Noticias relacionadas